El cantante de música urbana Blessd no aceptó el cargo de presunto secuestro extorsivo agravado formulado por la Fiscalía.
La audiencia de imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento se llevó a cabo de forma virtual ante una jueza de control de garantías de Medellín, comenzando en la mañana del jueves 11 de junio y extendiéndose por varias horas. Durante la jornada judicial, el artista Stiven Mesa Londoño, conocido como Blessd, junto a Santiago Jaramillo Morán (Dímelo Jara), Laura Moreno Restrepo y Julián David Giraldo Arboleda, rechazaron su responsabilidad en los hechos que les atribuye el ente acusador.
El proceso se originó por una denuncia interpuesta en 2022 por Andrés Felipe Sánchez, un artista reconocido como el imitador del cantante puertorriqueño Ozuna y ex participante del programa Yo Me Llamo. Según la investigación formalizada por la fiscal asignada al caso, los acusados estarían involucrados en la retención ilegal del denunciante, señalando directamente a Blessd en calidad de determinador del delito y a los tres acompañantes citados como presuntos coautores de la acción.
Detalles de la retención y presiones en el estudio
La Fiscalía General de la Nación expuso que el suceso ocurrió el 1 de junio de 2022 en un estudio de grabación situado en el sur de Medellín, donde la víctima fue citada junto a Jefferson Sánchez, quien trabajaba realizando imitaciones de Blessd. El ente judicial relató que Andrés Felipe Sánchez permaneció retenido contra su voluntad en el establecimiento desde las 3:00 p. m. hasta las 6:00 p. m., lapso en el cual se buscaba resolver un conflicto por el uso remunerado de la imagen del reguetonero.
Durante las tres horas de confinamiento, los acompañantes en la oficina presuntamente despojaron al denunciante de su teléfono celular, le propinaron agresiones de tipo verbal y físico, y ejercieron intimidaciones con un arma de fuego. El objetivo de la retención era obligar a Sánchez a firmar un contrato contractual donde se comprometiera legalmente a dejar de promocionar y representar comercialmente eventos relacionados con el imitador de Blessd.
En la narración de los hechos de la Fiscalía se incluyó la participación de un productor musical conocido como Dr. Velásquez, actualmente fallecido, quien también habría estado presente en la agresión. El sustento del ente investigador detalla que las presiones se ejercieron de manera directa por las personas que se encontraban en el recinto cerrado para forzar la firma del documento.
Llamada telefónica y la postura de la defensa
El material de prueba de la Fiscalía incluye una comunicación telefónica atribuida a Blessd, efectuada mientras la víctima se encontraba dentro de las instalaciones del estudio musical. En dicha llamada, el artista supuestamente intimidó al imitador de Ozuna advirtiéndele que cumpliera las órdenes dictadas en la oficina para evitar inconvenientes, afirmando que él procedía de la calle a pesar de dedicarse a la música.
Por su parte, el abogado Santiago Trespalacios, apoderado del cantante de música urbana, contradijo los argumentos de la imputación manifestando ante la jueza que la conducta descrita correspondía jurídicamente a una tentativa desistida, la cual no generaría consecuencias penales. Asimismo, la defensa técnica argumentó que el caso figuraba como un asunto cerrado desde hace años y que su representado cuestionaba la vinculación debido a que no estaba físicamente en el sitio de la retención.
Los defensores de los demás implicados, entre ellos Andrés Felipe Arango, solicitaron de igual manera un control exhaustivo a la jueza sobre los cargos presentados por la fiscal. La defensa alegó que ciertos componentes jurídicos de la acusación carecían de la claridad y suficiencia necesaria para sustentar los delitos imputados a sus cobijados.
Decisiones de la jueza y solicitud de prisión
La jueza del caso desestimó los cuestionamientos de los abogados defensores, avalando de manera formal la imputación por el delito de secuestro extorsivo agravado atenuado al considerar válidos los requisitos de la Fiscalía. Acto seguido, la funcionaria judicial consultó individualmente a los procesados sobre su voluntad de allanarse a los cargos, recibiendo la negativa rotunda de Blessd y de las otras tres personas.
Luego del rechazo de los cargos por parte de los investigados, la Fiscalía General de la Nación procedió a sustentar la petición formal de una medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario. El ente acusador fundamentó la urgencia de la detención preventiva basándose en la gravedad e impacto social del delito imputado en la audiencia.
La diligencia fue suspendida por la funcionaria judicial tras la presentación de los argumentos iniciales de la medida restrictiva de la libertad. La audiencia de control de garantías se reanudará este viernes 12 de junio para escuchar las réplicas de los abogados y definir la situación jurídica de los cuatro procesados.


