La Corte Suprema de Justicia impuso la pena a Tatiana Cabello tras comprobar que cobraba porcentajes de sus sueldos.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a 12 años de prisión a la excongresista del Centro Democrático Tatiana Cabello Flórez. El alto tribunal dictó la sentencia de 144 meses y un día el pasado viernes 3 de julio de 2026, tras hallarla responsable del delito de concusión continuada por exigir de forma obligatoria un porcentaje de sus salarios a cinco integrantes de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) para mantenerlas en sus puestos.
La decisión judicial contra la exmiembro del Centro Democrático incluyó una inhabilitación para ejercer funciones públicas por 116 meses y 29 días, así como una multa de 500 salarios mínimos legales mensuales. La Corte Suprema negó a la procesada los beneficios de suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, ordenando que cumpla la sanción en un centro carcelario una vez la sentencia quede en firme.
Los hechos que motivaron la sentencia condenatoria ocurrieron entre los años 2014 y 2017, periodo en el cual la entonces representante a la Cámara utilizó su facultad de libre nombramiento y remoción para subordinar los ingresos de su equipo. Bajo el argumento de que el dinero financiaría actividades políticas, el personal era obligado a ceder los recursos para mantener el empleo, utilizando intermediarios de confianza como su asesora Luisa Fernanda Puerto Vela y su conductor Hernando Barón Ayala.
La recolección de pruebas contra Cabello comenzó en junio de 2020 con su indagatoria, y en junio de 2021 la Sala de Instrucción consolidó la acusación mediante testimonios, chats, correos y extractos bancarios. La investigación penal demostró que las afectadas debían cubrir la caja menor y gastos de papelería con recursos propios, e incluyó el testimonio de una estudiante en práctica que figuraba con un sueldo de tres millones de pesos pero devolvió todo el dinero girado por el Congreso.
Durante el juicio, la defensa de la exparlamentaria planteó que los señalamientos eran falsos y que todo correspondía a un montaje político orquestado por el embajador Francisco Santos para abrirle espacio en la curul a su hijo Gabriel Santos. No obstante, los magistrados descartaron la hipótesis al no existir pruebas que la respaldaran, y concluyeron que la excongresista actuó en pleno uso de sus facultades mentales y con total conocimiento de la ilegalidad de su conducta.
La Corte comprobó que Cabello ordenó el uso de aplicaciones con autodestrucción de chats para borrar la evidencia, intentó camuflar las transacciones como préstamos personales y forzó a las víctimas a firmar acuerdos de confidencialidad. Los magistrados señalaron que la exrepresentante abusó de su investidura para obtener un beneficio económico indebido, ocasionando un grave daño a la administración pública y minando la confianza de la comunidad en el Congreso de la República.
Además de la pena privativa de la libertad, la Sala Especial ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue a la excongresista por nuevos delitos derivados de estos hechos. La Fiscalía iniciará indagaciones independientes para determinar la responsabilidad de la exfuncionaria en las conductas de enriquecimiento ilícito de servidor público, concusión y amenaza.
Finalmente, el fallo judicial ordenó a la condenada el pago directo de los perjuicios materiales y morales ocasionados a las cinco mujeres que resultaron afectadas dentro de esta estructura de recaudación privada. La reparación económica fija la entrega de 741.926.996 pesos a Sonia Astrid Blanco Reyes, 112.731.867 pesos a Luisa Fernanda Puerto Vela, 51.176.310 pesos a Nelsy Tirado Chacón, 32.840.193 pesos más cinco salarios mínimos morales a Daniela Salazar Puerto, y 3.707.150 pesos junto a cinco salarios mínimos morales a Lina Marcela García Pinto.


