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Nueva directora del ICBF planteó que menores de 14 años que cometan delitos deben responder como adultos

La abogada afirmó que la legislación actual para los jóvenes no responde a la realidad del país.

El presidente electo Abelardo de la Espriella designó a María Carolina Restrepo Cañavera como nueva directora general del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). La jurista integró el equipo de empalme del gobierno entrante y ejerció como jefa de debate en la campaña vicepresidencial de José Manuel Restrepo.

Tras la confirmación del nombramiento, se conoció una publicación realizada por Restrepo el 27 de agosto de 2025 en la red social X. El mensaje fue emitido después de la sanción fijada contra el adolescente involucrado en el homicidio del precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay.

En la publicación, la hoy funcionaria designada afirmó que los jóvenes de entre 14 y 18 años tienen plena conciencia de sus actos al estar expuestos a entornos de violencia, armas y drogas. Bajo ese argumento, sostuvo que la ley de menores actual se quedó en el siglo pasado frente a la realidad de la juventud.

Asimismo, Restrepo señaló que los grupos armados y organizaciones criminales utilizan a los menores de edad para cometer delitos aprovechando los beneficios de la legislación vigente. En esa oportunidad, calificó como una medida simbólica la sanción de 84 meses de resocialización dictada para el implicado en el crimen del congresista.

La jurista indicó además que los adolescentes que piden ser tratados como adultos también deben asumir las consecuencias penales correspondientes. A su juicio, los cambios en la ley deberían incluir condenas severas para los jóvenes mayores de 14 años que incurran en actos graves.

El pronunciamiento cobra relevancia debido a que la dirección del ICBF contempla la atención de adolescentes que ingresan al sistema para el restablecimiento de sus derechos. Entre esta población se encuentran menores de edad remitidos por la comisión de actos al margen de la ley.

En Colombia, los menores de 18 años no reciben penas de prisión debido a que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes prioriza las medidas educativas y de rehabilitación. La legislación nacional considera a esta población como personas en desarrollo, en concordancia con la Constitución y los tratados internacionales.

Cualquier modificación a los marcos de sanción o juzgamiento para menores de edad en el país requiere reformas tramitadas en el Congreso de la República. Por tanto, la aplicación de penas para adolescentes no forma parte de las funciones administrativas o ejecutivas de la dirección general del ICBF.

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