El Tribunal Superior de Bogotá aumentó la condena contra el abogado Diego Cadena, hallándolo responsable de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal
El abogado Diego Cadena, reconocido por ejercer la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, ha sido sentenciado en segunda instancia a una pena de 8 años y 8 meses de prisión domiciliaria. Esta resolución judicial fue dictada por el Tribunal Superior de Bogotá tras una revisión exhaustiva de sus actuaciones legales en cárceles del país.
El jurista fue procesado inicialmente por sus acercamientos a exparamilitares recluidos, bajo la premisa de buscar testimonios que favorecieran al exmandatario. La justicia determinó que su conducta, lejos de ser un ejercicio técnico de la abogacía, constituyó una maniobra para alterar la verdad procesal, modificando así el fallo emitido originalmente en primera instancia por un juez de conocimiento.
La ampliación de la responsabilidad penal
La determinación del Tribunal no solo confirmó la culpabilidad de Cadena, sino que agravó su situación jurídica al integrar el delito de fraude procesal a la acusación original de soborno en actuación penal. Los magistrados concluyeron que sus acciones fueron un plan deliberado para engañar a la administración de justicia.
Además de la privación de la libertad, se le impuso una multa superior a los 333 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Asimismo, el abogado fue inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un periodo de tiempo equivalente a la duración de la pena impuesta.
El caso contra Juan Guillermo Monsalve
En el núcleo de esta controversia se sitúa el testimonio de Juan Guillermo Monsalve, exintegrante del Bloque Metro de las AUC. Según la Fiscalía, Cadena ejerció presiones indebidas y ofreció beneficios jurídicos inexistentes al exparamilitar para que este se retractara de sus señalamientos contra el expresidente Uribe.
El fallo enfatiza que los esfuerzos del abogado por lograr dicha retractación fueron constantes y calculados. Los jueces destacaron pruebas que demuestran cómo Cadena no solo asesoró a Monsalve, sino que intervino activamente en la redacción de los documentos que buscaban desvirtuar la verdad.
Esta actuación, según el alto tribunal, alteró sustancialmente la realidad de los hechos en el expediente, pues el objetivo era llevar una versión fabricada ante las autoridades judiciales. Por ello, se concluyó que la retractación fue, en esencia, una pieza diseñada por el equipo legal del abogado.
Revocatoria de absolución por el caso Carlos Enrique Vélez
Otro aspecto fundamental de la sentencia fue la decisión unánime de revocar la absolución que pesaba sobre Cadena respecto a los hechos que involucran al exparamilitar Carlos Enrique Vélez. En primera instancia, el abogado había salido bien librado, pero el Tribunal halló pruebas de un actuar doloso compartido con su socio, Juan José Salazar.
Se estableció que ambos abogados orquestaron un esquema para entregar dádivas económicas a Vélez a cambio de testimonios favorables. Este cambio de rumbo judicial ratifica que las gestiones en ambos casos tanto el de Monsalve como el de Vélez formaban parte de un mismo modus operandidiseñado para manipular la evidencia.
El magistrado Jaime Andrés Velasco presentó un salvamento de voto, argumentando dudas sobre la veracidad de los testimonios de Vélez, dado su historial de cambios de versión según las ofertas recibidas. No obstante, la mayoría del Tribunal mantuvo la condena al considerar probada la responsabilidad penal.
El impacto jurídico y el futuro procesal
La sentencia también impactó a Juan José Salazar, quien fue condenado a 7 años y 10 meses de prisión dentro del mismo proceso. Esta decisión es una pieza clave en el complejo entramado jurídico que ha rodeado al expresidente Álvaro Uribe durante años, marcando una diferencia clara entre las responsabilidades individuales.
Aunque el exmandatario Uribe alcanzó una absolución en segunda instancia en su propio proceso, la justicia ha dejado claro que las maniobras ejecutadas por sus abogados fueron constitutivas de delito de forma autónoma. El fallo de 46 páginas detalla cómo se buscaron beneficios indebidos para influir en la Corte Suprema de Justicia.
Finalmente, el caso se perfila hacia una posible revisión por parte de la Corte Suprema de Justicia, que deberá definir si admite los recursos extraordinarios de casación. Mientras tanto, tanto Cadena como Salazar deberán cumplir sus respectivas condenas bajo la modalidad de prisión domiciliaria una vez la sentencia quede debidamente en firme.

