Condena en firme: exgobernador del Magdalena irá a prisión por millonario contrato de salud que nunca se ejecutó

La Corte Suprema de Justicia confirmó que Francisco José Infante Vergara actuó de manera consciente en un contrato irregular que causó un millonario detrimento al departamento del Magdalena

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el exgobernador encargado del Magdalena, Francisco José Infante Vergara, al concluir que participó activamente en un ‏contrato estatal que fue liquidado sin haberse ejecutado, ocasionando una grave afectación a los recursos públicos.

La decisión, adoptada en segunda instancia, ratificó que el entonces mandatario no solo tenía conocimiento de las irregularidades del proceso contractual, sino que además avaló su culminación pese a que el objeto pactado nunca se cumplió, cerrando así de manera definitiva el proceso judicial.

Un contrato firmado sin respaldo técnico ni necesidad comprobada

El caso se originó en el contrato número 372, suscrito en noviembre de 2007 por un valor superior a los 443 millones de pesos, cuyo objeto era la realización de tamizajes de VIH, pruebas diagnósticas y jornadas de prevención dirigidas a población vulnerable en todo el Magdalena.

Según el fallo, desde la fase inicial se omitieron requisitos esenciales de la contratación estatal, al no existir estudios técnicos, financieros ni jurídicos que sustentaran la urgencia o conveniencia del convenio, lo que vulneró los principios de planeación, transparencia y responsabilidad.

La Corte fue enfática al señalar que “todo proyecto que comprometa recursos públicos debe estar precedido de un análisis serio que justifique su necesidad”, condición que en este caso fue completamente ignorada.

Un objeto contractual alterado y actividades inexistentes

Durante el proceso se comprobó que el contrato sufrió modificaciones sustanciales desde su inicio, pues aunque establecía que los servicios debían prestarse en los 30 municipios del departamento, posteriormente se redujo su alcance a solo diez, sin justificación legal ni soporte administrativo.

El fallo advierte que esta alteración “variaba de manera sustancial el objeto contractual”, anomalía que pudo ser detectada con facilidad por el ordenador del gasto, quien estaba obligado a verificar el cumplimiento de las cláusulas antes de proceder a la liquidación.

Además, informes de hospitales, centros de salud y entidades penitenciarias certificaron que no existían registros de la realización de pruebas, capacitaciones ni atenciones médicas en 2007, lo que confirmó que las actividades pactadas nunca se ejecutaron.

Liquidación irregular y responsabilidad directa

Pese a la inexistencia de resultados, el contrato fue liquidado el 26 de diciembre de 2007 y la IPS fue declarada a paz y salvo, renunciando incluso a futuras reclamaciones, una actuación que para la Corte constituyó un acto abiertamente ilegal.

La liquidación contractual implica verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas, no simplemente formalizar un trámite administrativo”, precisó la Sala al desestimar los argumentos de la defensa.

En ese sentido, el alto tribunal recalcó que el principio de confianza no era aplicable, pues “el ordenador del gasto estaba obligado a constatar el cumplimiento del contrato previo a su liquidación”, responsabilidad que recaía directamente sobre el exgobernador.

Dolo probado y condena sin posibilidad de recurso

La Corte concluyó que Infante Vergara actuó con pleno conocimiento de las irregularidades, descartando que se tratara de un error invencible o de una actuación basada en información falsa de sus subalternos.

“El acusado conocía que el contrato no había sido ejecutado y aun así avaló su cierre”, señala uno de los apartes más contundentes del fallo, al confirmar la existencia de dolo en su conducta.

Como consecuencia, se ratificó ‏una pena de más de 15 años de prisión y la obligación de indemnizar al departamento del Magdalena con más de 2.500 millones de pesos por daño emergente, lucro cesante y costas procesales.

La sentencia quedó en firme y contra ella no procede ningún recurso, sellando así una condena que marca un nuevo precedente judicial en casos de corrupción relacionados con la contratación pública en el sector salud.

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